Iniciativa Sinaloa: verdades sospechosas. Segunda Parte

Al gobierno del estado de Sinaloa se le ha liquidado un crédito fiscal por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) hasta por 1400 millones de pesos
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A continuación plantearé un asunto que podría merecer la atención, estudio e investigación de Iniciativa Sinaloa (IS) y su Directora Marlene León Fontes, en un caso que es tendencia mediática: 

Al Gobierno del Estado de Sinaloa se le ha liquidado un crédito fiscal por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) hasta por 1400 millones de pesos, más una multa de 200 millones de pesos según ha informado a los medios de comunicación el mismo gobernador Rubén Rocha Moya. 

El crédito fiscal derivó de una investigación que la Secretaría de Hacienda (SH) realizó por incumplimientos del convenio de colaboración administrativa suscrito entre el gobierno de Sinaloa y la SH, en la época del gobernador Quirino Ordaz Coppel (QOC). 

Este tipo de convenios se dan dentro del marco del Convenio de Coordinación Fiscal para que los estados coadyuven en la gestión, fiscalización y administración de impuestos federales y por esa actividad los estados se hacen acreedores a una importante contraprestación.

Hacienda Federal determinó que el gobierno del estado realizó “auditorías erráticas” sobre dos grandes contribuyentes con domicilio fiscal en Sinaloa: Grupo Coppel y Grupo Arlhe, este último propiedad de los hermanos Arellano, con sede fiscal en Mazatlán. 

Ante la imposición del crédito fiscal con cargo a las finanzas de Sinaloa, el gobierno de QOC interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación dos juicios sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal, bajo los expedientes 1/2021 y 2/2021, todo esto de conformidad con el comunicado de prensa que la SCJN ha producido al respecto. 

En ambos expedientes la Ministra Margarita Ríos Farjat – que algo debe de saber sobre el tema porque fue directora del SAT- decidió conceder la razón a la Hacienda Federal, confirmando las determinaciones que esta autoridad fiscal y administrativa había tomado:

La cancelación temporal del convenio con el Estado de Sinaloa y la suspensión al Gobierno de Sinaloa de producir auditorías a impuestos federales, con el consecuente demerito en las finanzas del actual gobierno, ya que ha dejado de percibir ingresos por ese concepto, en adición al millonario crédito fiscal y su multa. 

Del crédito fiscal y su multa al gobierno de Sinaloa, ignoro el procedimiento y la base fiscal para su liquidación, porque los expedientes citados en el párrafo anterior no hacen mención a ello.

Es decir, no se sabe si el gobierno de QOC cobró la contraprestación por las auditorías y la SH le reclamó la devolución de ese cobro indebido, en virtud de las auditorías erráticas o fallidas.

Tampoco de los expedientes se desprende el monto de las obligaciones auditadas a Grupo Coppel y al grupo Arlhe, y por lo tanto carezco de los elementos para juzgar la proporcionalidad y racionalidad del crédito y su multa de cara a la violación del convenio de colaboración administrativa que motivo los juicios 1/2021 y 2/2021 ante la SCJN. 

Si bien los expedientes resueltos por la SCJN son proyectos de sentencia, esta se encuentra para engrose, es decir para la publicación oficial de las mismas, pero eventualmente no tendrán cambios sustantivos en sus resolutivos. La suspensión de la posibilidad de generar auditorías en los dos juicios es por 10 meses. 

La determinación de Hacienda Federal de cancelar los convenios administrativos por la realización del Gobierno de Sinaloa en tiempos del ex gobernador QOC mueve a la sospecha de que dichas auditorías pudieron haber estado amañadas para beneficiar al Grupo Coppel y Grupo Arlhe. Sin embargo esto es sólo una hipótesis. 

Las sentencias dictadas por la SCJN, ponen en tela de juicio la probidad del anterior gobierno, sobre todo por tratarse de dos grupos conectados al círculo de afinidades familiares y sociales de QOC. 

En uno de los expedientes se ventila lo errático de las auditorías tratándose de la implementación de fideicomisos y el reparto de dividendos a accionistas.

En las sentencias no se define con exactitud a qué grupo se refiere, entiendo que por una consideración de la secrecía fiscal, pero sobre todo, porque los juicios se fundamentan en un asunto de estricta legalidad, de acuerdo con el clausulado del convenio de colaboración administrativa y no prejuzgan sobre la calidad jurídica y procedimental de las auditorías “per se”. 

Sin embargo, esto no significa que el asunto no sea trascendental para la opinión pública y no se deban de investigar, sobre todo para organizaciones como IS, que presumen su compromiso de combate a la corrupción y la defensa de los periodistas. 

Cierro esta segunda parte de esta saga, con las siguientes preguntas: 

¿Cuáles fueron las omisiones dolosas o culposas del gobierno del estado presidido por QOC o de su Secretario de Finanzas que provocaron que Hacienda Federal cancelara el convenio administrativo y que derivaron también en una millonaria multa en contra del dinero de todos los sinaloenses, presuntamente en beneficio de estos dos grupos empresariales?

O si.. ¿lo que aconteció fue un asunto de errores humanos sin ningún dolo y malicia? ¿Es este asunto de interés privado o de interés público? Si es esto último cierto, ¿por qué no interviene Iniciativa Sinaloa para elucidar extensivamente el asunto?

Hasta aquí un avance de lo que he podido encontrar señora Directora. La pelota está en su cancha.

Investiguemos juntos, como propone la página publicitaria de IS sobre la invitación a ciudadanos y periodistas a participar; yo ya hice algo de la chamba. 

En nuestra próxima y última entrega de esta serie abordaremos la desafortunada intervención de la señora Marlene León Fontes en el encuentro que convocaron un grupo de notables investigadores de la UAS, denominado Civitas, respecto de la necesidad que nuestra máxima casa de estudios se abra al escrutinio público y se ciña a la normatividad constitucional del nuevo sistema constitucional anticorrupción. 

Hasta entonces. 

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