Agenda Política

Karina Elizabeth Márquez Calderón fue designada por el gobernador Rubén Rocha Moya como la nueva titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas Desaparecidas.
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Humo blanco en Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas: Karina Márquez

= Respaldada por una sólida hoja de servicios
= Rindió protesta ante el gobernador Rocha
= Modificaciones a la Ley Orgánica del Legislativo
= Misión imposible para el PAS: presidir el Congreso

Poseedora de una sólida hoja curricular sobre la materia, la licenciada en criminalística, Karina Elizabeth Márquez Calderón fue designada por el gobernador Rubén Rocha Moya como la nueva titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas Desaparecidas en el Estado de Sinaloa. Ya le tomó la protesta de ley y le entregó el nombramiento correspondiente.

Karina Elizabeth fue seleccionada de entre las ocho propuestas dadas a conocer por el secretario general de gobierno, Enrique Inzunza Cázares, en el marco de la conferencia Semanera del lunes próximo pasado. Su trayectoria fue el punto que inclinó la balanza a su favor.

En efecto, la nueva funcionaria pública ha laborado en diferentes instituciones estrechamente relacionadas a la encomienda en sus manos depositada, entre las que figuran, por ejemplo, la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas; la dirección académica de la Universidad del Policía del Estado de Sinaloa y la dirección del Centro Temporal de Resguardo e Identificación Humana.

Hay experiencia, conocimientos y deseos de corresponder a la confianza otorgada por el gobernador Rocha.
Enhorabuena.

Por otro lado.

En su sesión ordinaria de este jueves, la sexagésima cuarta legislatura del Congreso del Estado dio lectura al dictamen sobre la iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, resultante de diversas propuestas planteadas durante los últimos meses por las diferentes fuerzas políticas en ese espacio representadas.

El próximo lunes, ultimo día del actual periodo ordinario de sesiones será votada por el pleno. En sentido aprobatorio, naturalmente.

Se trata de modificaciones a un significativo porcentaje de los 244 artículos contemplados en dicha ley, en vigor desde noviembre de 2013; pero no se trata de una nueva ley, situación que hay que dejar meridianamente clara. Todas ellas, estrechamente relacionadas con la operación cotidiana del Poder Legislativo en Sinaloa.

A juicio del columnista, las adecuaciones más relevantes están en el ámbito de la integración de la mesa directiva, aspectos considerados en los artículos 36, 37 y 38 de la ley, de los cuales destacamos los siguientes cinco puntos:

O1.- La mesa directiva del Congreso del Estado se integrará por un presidente, dos vice presidentes, dos secretarios y dos prosecretarios y el órgano será electo por el voto nominal de la mayoría absoluta de los 40 diputados. Tendrá, necesariamente, carácter plural; pero no podrán formar parte de la misma los coordinadores de los grupos parlamentarios, porque estos ya tienen su espacio propio en el otro organismo: la Junta de Coordinación Política.

02.- La mesa directiva durará un año en funciones y puede ser reelecta por un año más, conforme al lineamiento anterior.

03.- Ningún grupo parlamentario podrá presidir ambos órganos al mismo tiempo. La presidencia de la Junta de Coordinación Política será encabezada, durante los tres años de la legislatura, por el partido ganador de las elecciones para el Poder Legislativo.

04.- La presidencia de la mesa directiva podrá ser ejercida por cualquier diputado, aunque no forme parte de ninguna fracción parlamentaria. Incluso los “sin partido” o “independientes”. Esto, siempre y cuando alcance la mayoría absoluta; o sea, 21 de los 40 votos posibles. Repito: en este caso particular, son inelegibles los diputados de MoReNa.

05.- Cualquier integrante de la mesa directiva podrá ser removido del cargo, también con el voto nominal de la mayoría absoluta, en el supuesto de incurrir en faltas graves, que afecten las funciones propias de la cámara.

Existe una diferencia sustancial: qué a partir de las modificaciones a la ley, bastará con el voto mayoritario para resultar electo presidente de la mesa directiva del Congreso del Estado.

Actualmente -porque esto entra en vigor hasta su publicación en el diario oficial “El Estado de Sinaloa” – es estrictamente necesario una mayoría calificada, en una votación que se da en la primera sesión de un nuevo periodo ordinario; en este caso, el primero de octubre del mes en curso.

Actualmente, la mesa directiva está en manos del PRI y resulta altamente posible la aplicación del artículo 37 de dicha ley. Ya lo verá usted. Por cierto.

A juzgar por las expresiones de su coordinador, Gene René Bojórquez, la fracción parlamentaria del Partido Sinaloense mantenía aspiraciones en el sentido de presidir la mesa directiva del congreso local, durante el último año de ejercicio de la legislatura actual. Cierto, encabezaron dicha mesa directiva a lo largo del primer año; pero las circunstancias han cambiado diametralmente de entonces a la fecha.

Hoy día, a un par de meses de que los ciudadanos diputados voten por la nueva configuración de este órgano de gobierno del Congreso del Estado, hay dos cosas seguras: Una, que no será MoReNa quien la presida. Y dos, que tampoco será el PAS. MoReNa no, por las razones ya descritas. Porque este partido tiene ya en su poder la Junta de Coordinación Politica.

Y el PAS, porque no alcanzaría, ni de chiste, el número de votos requerido para ello: 21. Si nos vamos a interpretar los señalamientos del PAS entenderíamos que, a su juicio, esto es un vil atropello político en su contra; pero en realidad no es así.

En la ley actual -ni tampoco en los artículos en proceso de modificación – no dice, por ningún lado, que el numero de diputados es factor para considerar la candidatura de un partido a la presidencia de la mesa directiva, ni mucho menos puntualiza que quien la presidió en el primer año debe hacerlo necesariamente durante el tercero. Eso no está en ninguna parte. Ni antes, ni ahora, ni tampoco lo estará más adelante.

De hecho, la ley no consigna un criterio para la designación de presidente de la mesa, como si ocurre, en cambio, con la Junta de Coordinación Política, la cual debe ser encabezada por el partido ganador de la elección y por aquel diputado que sus compañeros elijan como su coordinador parlamentario.

Insistimos, el presidente de la mesa directiva puede ser cualquiera, menos de MoRena y ahora menos del PAS. También son inelegibles los coordinadores de los grupos parlamentarios, quienes ya tienen silla -repetimos- en la JuCoPo. El diputado que encabezará este órgano puede ser el actual o cualquier otro, porque no es requisito formar parte de un grupo parlamentario.

Hay que voltear a ver, incluso, a los independientes, los que no cuentan con bloque que los respalde y hasta los “sin partido”.

Y referirnos a las razones por las que descartamos al Partido Sinaloense es hablar de lo que todo mundo sabe y entiende: por el acelerado deterioro de sus relaciones con la fracción que tiene el control del congreso y por supuesto con el gobernador mismo de la entidad. Esto plantea un escenario de sumo complicado y que en definitiva no mejorará de aquí a octubre venidero. Así de sencillo.

(Hasta aquí por hoy. Nos vamos ya. Cuídense mucho y Dios los bendiga. Ahora y siempre…)

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