Culiacán, Sinaloa, 18 de diciembre, 2024.
Las relaciones prensa-poder público-poder privado, debieran ser redimensionadas en el México del cambio relativo para poder entender el contexto cuasi surrealista, pero dramáticamente real, que priva actualmente.
En los estados (la provincia, les gusta decir a muchos ex defeños) el esquema relacional prensa-poder continúa prácticamente inalterable, lo mismo que las figuraciones de “pragmáticos” en cuanto a los alcances reales de los medios.
Pero, en estricto, en ese como en muchos otros rubros, la diferencia con la metrópoli es de matiz, de formas especiales, niveles de trato y estilos.
Acaso los naturales desniveles centro-periferia explicarían las relativas discrepancias.
Para las grandes empresas de la comunicación, la información es una mercancía más en el circuito del mercado y, en obvio, la capacidad de penetración, audiencia y circulación, los referentes de la presencia, siguen siendo sumamente estimables:
Significan poder, así sea subordinado frente a las determinaciones mayores de gobiernos y dineros poderosos.
SIGUEN VIOLANDO LA CONSTITUCIÓN
Pasando a otra cosa:
Ya hace varios años (desde 2018) la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN, mejor conocida como la “suprema corta”) declaró “constitucionales” las inspecciones policiacas (y de todo tipo, incluidos militares y otros agentes de filiación muchas veces desconocida) a personas o automóviles sin orden judicial o ministerial.
Tratando de enmendar un evidente despropósito (y una violación constitucional) la “suprema corta” incluyó dos limitantes al delito retenero: tales “inspecciones” solamente se pueden hacer en caso de flagrancia (lo que ya está en la ley y es admitido por todos) o de “sospecha razonable”.
La puerta a la violación constitucional queda abierta con tal agregado:
La “razonable” sospecha de gendarmes y militares que la aplicarán (aplican) a su completo arbitrio, además que, en general, no cuentan con la calificación necesaria para juzgar con la debida atingencia.
LA VIOLACIÓN “LEGAL”
El pleno de la suprema corta aprobó el desaguisado “por mayoría de votos” y reformó tres artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, a propuesta del ministro Javier Láynez (uno de los millonarios juzgadores que ahora van en retirada).
Decidió la corta que “son constitucionales los artículos 132, fracción VII; 147, tercer párrafo; 251, fracciones III y V, 266 y 268”, los mismos que fueron impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por ser evidentemente violatorios de las garantías individuales”.
ES QUE LO NEGRO ES BLANCO ¿O NO?
Así las cosas, los inefables ministros de la corta avalaron el proyecto de Láynez, donde se establece que los argumentos de la CNDH son infundados, porque “las inspecciones policiacas constituyen controles preventivos y provisionales autorizados al amparo.
De la prevención y persecución de delitos, así como su investigación”.
En la tandariola para tratar de justificar lo injustificable (es una violación constitucional, por donde se mire) el entonces ministro presidente de la corta, Luis María Aguilar Morales, dijo que “las inspecciones son una medida proporcional, idónea y con un fin constitucionalmente válido, de proteger la seguridad pública y los derechos de las víctimas de delitos”.
Pero hay quienes, algunos de buena fe y otros en una defensa cuasi irracional de la oficialidad en turno, no entienden que es una cuestión de principio y fundamental en lo que toca al respeto de los derechos humanos.
Que está por cambiar la SCJN.
Vamos a ver si es en serio, pues el asunto no es menor y dará cuenta de la verdadera vocación justiciera, si la hay.
EN EL TINTERO
-Y los retenes y “revisiones” ilegales de la oficialidad de todos colores sigue a todo vapor, chantajeando, robando, atemorizando, sin que haya quien los pare y ponga en orden.
-El partido Morena tendrá que poner mucho cuidado en no cometer los mismos errores que llevaron a la debacle al PRD. El poder, ya se sabe, es corruptor y engañoso.
-Los concesionarios de aeropuertos del país, abusan no solo con la Tarifa de Uso Aeroportuario (TUA) que cobran, sino prácticamente en todo, desde estacionamientos a servicios en general.
-Los principales son el Grupo Aeroportuario del Sureste (Asur), el Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP) y el Grupo Aeroportuario del Centro Norte (OMA, que opera el de Culiacán, entre otros. Seguirán, mientras los dejen)
–Ya ni caso en atender la palabrería de Trump, defender con todo la soberanía nacional y punto. (cano.1979@live.com).